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Exequibilidad: Numerales 2-7, Art. 310 del Cód. de procedimiento penal, por la Corte Constitucional.

Recordemos el pronunciamiento de la honorable corte constitucional mediante sentencia C-469 de 2016, por medio de la cual declaro exequibles los numerales 2 al 7 del artículo 310 del código de procedimiento penal, y la carga que debe atender la fiscalía general de la nación al momento de demostrar el peligro para la comunidad en una imposición de medida o prorroga de la misma.




 
 
 

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